En cumplimiento de la legislación de Seguridad Laboral, las personas que manejen grúas puente, deben recibir una formación teórica/práctica suficiente y adecuada en materia preventiva, reflejada en el RD 1215/ 97, la Ley 31/95 y las prescripciones de la NTP 737.

Los objetivos de esta acción formativa no son solamente los de capacitar al participante para que desempeñe de forma eficaz y segura todas las operaciones y maniobras que permiten la elevación y movimiento de todo tipo de cargas, mediante el empleo de grúas puente, sino, al mismo tiempo, informar y sensibilizar sobre el riesgo de la utilización de maquinaria, con el fin de evitar los posibles riesgos y sanciones que se deriven de un manejo inapropiado.